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Resoluciones Directorales

Martes, 20 Noviembre, 2018 - 11:58

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- RECOMENDAR al señor PACÍFICO AGUILAR POLO,
que se encuentra inscrito en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), continúe con el cumplimiento de los requisitos señalados en el Proceso de Formalización Minera Integral, regulado por los Decretos Legislativos N° 1293, 1336 y Decreto Supremo N° 018-2017-EM; asimismo deberá cumplir con lo estipulado en el Decreto Supremo N° 024-2016-EM — Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería; bajo apercibimiento de ser excluido del REINFO e iniciarse las acciones administrativas correspondientes.

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PDF icon RESOLUCION N° 233-2018.PDF1.09 MB
Lunes, 19 Noviembre, 2018 - 11:53

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER
a los señores ARTEMIO TORIBIO SILVA, ANTERO TORIBIO SILVA, ISIDRO VÁSQUEZ QUISPE, WILDER HUAMÁN GARCÍA y EVER HUAMÁN GARCÍA la PARALIZACIÓN DEFINITIVA de las actividades mineras desarrolladas en las labores delimitadas por las coordenadas que se detallan a continuación, las mismas que se ubican en el Petitorio Minero "Alto Zapallo 2 2016", con código N° 010080516 en el caserío Chaupe, distrito Cachachi, provincia de Cajabamba y departamento de Cajamarca por no contar con la autorización emitida por el Autoridad correspondiente, de acuerdo a la normatividad legal respectiva.

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PDF icon RESOLUCION N° 232-2018.PDF1.88 MB
Lunes, 19 Noviembre, 2018 - 11:50

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER
al señor Manuel Lozano Rivera, Gerente General de la empresa CIA MINERA POSHAN S.A.C. la PARALIZACIÓN DEFINITIVA de la actividad minera desarrollada en los puntos delimitados por las siguientes coordenadas: Norte: 9190826, 9190787 y Este: 727091, 727183; situadas en el Derecho Minero "Afrodita Poshan", con código N° 060000215, en el caserío de Altamisa distrito de Tantarica-Catán, provincia de Contumazá, por no contar con la autorización emitida por la Autoridad correspondiente, de acuerdo a la normatividad legal respectiva y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 8° numeral 8.2 del D.S. 018-2017-EM que señala: "Las personas naturales o jurídicas que no forman parte del Proceso de Formalización Minera Integral deben paralizar sus actividades mineras, y de ser el caso, formalizarlas conforme a lo establecido en la legislación minera vigente".

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PDF icon RESOLUCION N° 231-2018.PDF1.93 MB
Lunes, 19 Noviembre, 2018 - 11:49

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR ACTO FIRME
la Resolución Directoral Regional N° 147-2016-GR-CAJ-DREM, de fecha 23 de Noviembre de 2016.

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PDF icon RESOLUCION N° 230-2018.PDF322.85 KB
Jueves, 15 Noviembre, 2018 - 11:42

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- RECOMENDAR
a los señores Segundo Fidel Salazar Abanto, Ricardo Andree Olivo Reyes, Antonio Pereda Risco, Juan Carlos Mendoza Urbano y Salomón Rojas Chávez PARALIZAR sus actividades extractivas, debido a que no cuentan con las autorizaciones por las autoridades correspondientes; asimismo, deberán cumplir con realizar la REMEDIACIÓN de las áreas afectadas con su actividades extractivas.

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PDF icon RESOLUCION N° 229-2018.PDF915.69 KB

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