SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- NO OTORGAR la modificación de información contenida en el REINFO, respecto del Derecho Minero CLAUDINA VEINTITRES, con código N° 010284294 a PAULITA OCHO, con código N° 0303542AX01, solicitada por el señor Carlos Andrés Pompa Chuquilín, el cual no cumple con acreditar cinco arios de antigüedad de la actividad minera, requisito especial establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 018-2017-EM.