SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- SANCIONAR al señor Segundo Fidel Salazar Abanto al pago de cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias por realizar actividades de minería ilegal en; considerada como clase de sanción grave. El deposito deberá realizarse en las oficinas de la Dirección Regional de Energía y Minas; importe que deberá ser cancelado dentro de los treinta (30) días calendario de notificada la presente, bajo apercibimiento de cobro coactivo, consentida la presente resolución.