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Resoluciones Directorales

Jueves, 16 Julio, 2015 - 11:30

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el ABANDONO del petitorio minero LA PEÑA BLANCA, Código N° 56-00011-14 formulado por BALTAZAR HUATAY BAUTISTA.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Consentida que sea la presente resolución, transcríbase a la Dirección de Derecho de Vigencia, a la Dirección de Catastro Minero y de conformidad con el artículo 65 del Decreto Supremo N° 014-92-EM, PUBLÍQUESE DE LIBRE DENUNCIABILIDAD EL ÁREA ABANDONADA.

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Miércoles, 15 Julio, 2015 - 11:28

APROBAR la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto denominado: "Sistema de utilización en Media Tensión 22.9 Kv-20, para la Estación RP la Conga de propiedad de ATC sitio del Perú S.R.L.", presentado por el Ing. Paulo Danilo Chávez Mindaca, en representación del Representante Legal de la Empresa ACT SITIOS DEL PERÚ S.R.L., Sr. Augusto Martin Ibáñez Sánchez, quien encarga a los Ing. Walter Atilio León Delgado con Reg. CIP N° 79381 y al Biólogo Marco Alfredo Sánchez Peña con Reg. CIP N° 6555, la elaboración del estudio de Declaración de Impacto Ambiental(DIA) y designan al Sr. Augusto Martín Ibáñez Sánchez, como Representante Legal Titular del PROYECTO.

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Miércoles, 15 Julio, 2015 - 11:24

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR ACTO FIRME la Resolución Directoral Regional N° 114-2014-GR-CAJ-DREM. de fecha 29 de Septiembre de 2014.

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR a la Empresa Los Pericos, la presente resolución.

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Lunes, 13 Julio, 2015 - 11:22

Sancionar a la empresa Peruana de Cales S.A.C.,con una multa de diez UIT(10) por haber realizado actividad extractiva de minería no metálica(roca caliza( sin contar con la certificación ambiental correspondiente (resolución aprobatoria del instrumento de gestión ambiental), es por eso que su conducta se encuadra en la infracción, muy grave, estipulada en el primer guión de la escala de infracción del Artículo 7.2 del Decreto Legislativo 10¿101; además por haber realizado voladura en la actividad minera sin contar con la opción favorable de la autoridad minera competente en caso de ser considerados usuarios eventuales, con lo que infringió lo establecido el Artículo 243° del Decreto Supremo N° 055-2010-EM; asimismo porque labores mineras no se encontraban señalizadas de acuerdo al Código de Señales y Colores, que se indican en el anexo 11 del Decreto Supremo N° 055-2010-EM; conforme a las razones expuestas en la presente resolución.

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Jueves, 9 Julio, 2015 - 11:16

APROBAR la Declaración de Impacto Ambiental (DIA)del Proyecto denominado:" Amplificación de la Declaración de Imacto Ambiental del Sistema Eléctrico Rural Cajamarca-Baños del Inca II Etapa", presentado por el Representamte Legal de la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, quien encarga a los Ing. Roberto C. Asturinc Oscanoa con Reg. N° 136513 y el Ing. Denis C. de la Cruz Lorenzo con Reg. N° 167336, la elaboración del estudio a Nivel de Declaración de Impacto Ambiental(DIA) y designan al Señor Jaime Rodríguez Hinostroza como Representante Legal del Titular del PROYECTO.

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