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Resoluciones Directorales

Lunes, 21 Noviembre, 2016 - 08:40

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- RECOMENDAR a la Empresa Servicios Múltiples Loma El Loro S.R.L.,  establecer programa preventivo inmediato y talleres a nivel de las operaciones a nivel del titular minero de acuerdo con lo establecido por el Decreto Supremo N° 055-2010-EM.

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Lunes, 21 Noviembre, 2016 - 08:34

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- RECOMENDAR a la Empresa Minera Phuyu Yuraq II E.I.R.L,  establecer programa preventivo inmediato y talleres a nivel de las operaciones a nivel del titular minero de acuerdo con lo establecido por el Decreto Supremo N° 055-2010-EM.

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Lunes, 21 Noviembre, 2016 - 08:17

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- RECOMENDAR a la Empresa Minera Nube Blanca Tecno-Cal S.R.L. establecer programa preventivo inmediato y talleres a nivel de las operaciones a nivel del titular minero de acuerdo con lo establecido por el Decreto Supremo N° 055-2010-EM.

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Lunes, 21 Noviembre, 2016 - 08:09

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- RECOMENDAR a la Empresa Calera Bendición de Dios E.I.R.L, . continuar con la implementación de acciones para el cumplimiento estricto a lo establecido en el Instrumento de Gestión Ambiental aprobado y al contenido de la normatividad legal vigente; teniendo en consideración que los compromisos asumidos por el titular minero en los Instrumentos de Gestión Ambiental, constituyen una Declaración Jurada, por lo tanto son de cumplimiento obligatorio, esto de conformidad con el artículo 50° de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

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Lunes, 21 Noviembre, 2016 - 07:56

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- RECOMENDAR a la Empresa Minera Troy S.A.C. continuar con la implementación de acciones para el cumplimiento estricto a lo establecido en el Instrumento de Gestión Ambiental aprobado y al contenido de la normatividad legal vigente; teniendo en consideración que los compromisos asumidos por el titular minero en los Instrumentos de Gestión Ambiental, constituyen una Declaración Jurada, por lo tanto son de cumplimiento obligatorio, esto de conformidad con el artículo 50° de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

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