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Resoluciones Directorales

Sábado, 7 Abril, 2018 - 10:37

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER
al señor Luis Alberto Becerra Cieza titular del Proyecto denominado "Don Lucho N° 20", la medida complementaria de "cumplimiento estricto con lo establecido en el Instrumento de Gestión Ambiental aprobado" e Implementar acciones a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 024-2016-EM (Reglamento en Seguridad y Salud Ocupacional en minería).

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Viernes, 27 Abril, 2018 - 10:12

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR de OFICIO
la información contenida en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) del minero informal señor CESAR VILLANUEVA DE LA CRUZ con DNI N° 27574663, en base al numeral 16.6 del artículo 16 del Decreto Supremo N° 018-2017-EM, debiendo DECIR lo siguiente:

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Viernes, 27 Abril, 2018 - 09:57

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR la información contenida en el Registro  Integral de Formalización Minera (REINFO), respecto a la titularidad del mi: informal de personal natural a persona jurídica De: Salazar Abanto Segundo Fidel n IC N° 10266467457
A: FISA LA BOYA E.I.R.L con RUC N° 20603009445, en base al umeral 16.6 del artículo 16 del Decreto Supremo N° 018-2017-EM.

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PDF icon RESOLUCION N°89.PDF501.27 KB
Viernes, 27 Abril, 2018 - 09:19

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- RECTIFICAR ERROR MATERIAL en la Resolución Directoral Regional N°
110-2015-GR-CAJ-DREM de fecha 19 de setiembre de 2016, respecto a la denominación de la resolución y en su artículo primero de la parte resolutiva, debiendo ser lo correcto tal como sigue: Nomenclatura: Resolución Directoral Regional N° 110-2016-GR-CAJ-DREM. Artículo Primero: DECLARAR ACTO FIRME la Resolución Directoral Regional N° 148-2015 de fecha 04 de setiembre de 2015.

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Jueves, 19 Abril, 2018 - 11:55

SE RESUELVE:
Artículo 1°.- EXHORTAR
al señor MIGUEL ALEJANDRO MONTENEGRO DÍAZ, a cumplir con la presentación de todos los documentos exigidos dentro del Proceso de Formalización Minera Integral señalados en el artículo 3° del Decreto Legislativo 1336 y a cumplir con las normas sobre Medio Ambiente y Seguridad y Salud Ocupacional (D.S N° 024-2016-EM; bajo apercibimiento de exclusión del REINFO e inicio de las acciones administrativas que correspondan

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