SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR al señor José Flaminio Rumay Silva con cinco (05) UIT de acuerdo a lo estipulado en el artículo 7°, numeral 7.2 del D.L. N° 1101:
Por cuanto el administrado está desarrollando actividades para la extracción de mineral polimetálico (sulfuros - pirita) en la Concesión Minera "Mogol 2" con código N° 010145202, ubicada en el cerro El Pauco, distrito de Cachachi, provincia de Cajabamba y departamento de Cajamarca sin contar con la Certificación Ambiental ni tampoco con la Autorización emitida por la Autoridad competente, lo cual constituye Actividad Minera Ilegal.