SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el ítem medidas complementarias del artículo 7.2 del Decreto Legislativo N° 1101. y a lo previsto en el capítulo V. RECOMENDACIONES numeral 1 del Informe N° 075-2016-GR.CAJ/DREM/MCM-CECR y RDR N° 170-2016-GR-CAJ-DREM DISPONER la paralización inmediata de la actividad minera ilegal realizada por los administrados Daniel Vásquez Muñoz y Joel Saldaña Caruajulca, relacionada a la actividad de explotación, extractiva y productiva de óxido de calcio (cal) dentro de la concesión minera LOS CHANCAS I, ubicado en el caserío Frutillo Bajo y Lucma la Retama-Vado, comprensión del distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc del departamento de Cajamarca.