SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- SANCIONAR a la Empresa Minera Phuyuyuraq II E.I.R.L. al pago de DOS (02) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por incumplir con lo estipulado en el Decreto Supremo N° 055-2010-EM (Reglamento en Seguridad y Salud Ocupacional) e incumplir con lo establecido en el Instrumento de Gestión Ambiental (DIA) e infringir la normatividad ambiental vigente ; considerada como clase de sanción grave. El depósito deberá realizarse en las oficinas de la Dirección Regional de Energía y Minas; importe que deberá ser cancelado dentro de los treinta (30) días calendario de notificada la presente, bajo apercibimiento de cobro coactivo, consentida la presente resolución.