SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE LA DEVOLUCION DE PAGO ascendente al monto de S/. 2,176.90 por derecho de trámite del aspecto preventivo del IGAFOM del Proyecto Minero presentado por el señor Víctor Manuel Paredes Angulo, puesto que dicho cobro se ha realizado respetando lo señalado en el TUPA, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 01-2018-GR.CAJ-CR, no vulnerando los derechos del administrado.