RECOMENDAR A LA EMPRESA LA RESURRECCION EIRL, CONTINUAR CON LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES PARA EL CUMPLIMIENTO ESTRICTO A LO ESTABLECIDO EN EL ISTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL APROBADO Y AL CONTENIDO DE LA NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE, TENIENDO EN CONSIDERACION QUE LOS COMPROMISOS ASUMIDOS POR EL TITULAR MINERO EN LOS INTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL, CONSTITUYE UNA DECLARACION JURADA, POR LO TANTO SON DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO, ESTO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 50° DE LA LEY N° 27446, LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL (SEIA).